Son dos documentos obligatorios para cualquier empresa con trabajadores. La evaluación identifica y valora los riesgos de cada puesto de trabajo; la planificación establece las medidas para eliminarlos o controlarlos. Ambos son clave en la gestión de la CAE.
¿Qué dice la ley?
El artículo 16 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que toda empresa debe integrar la prevención en su sistema general de gestión a través de un plan de prevención de riesgos laborales. Este plan se instrumenta mediante dos herramientas fundamentales:
La evaluación de riesgos laborales.
La planificación de la actividad preventiva.
Son documentos complementarios pero distintos: la evaluación identifica y valora los riesgos; la planificación establece las medidas para eliminarlos o controlarlos. Ambos son obligatorios para cualquier empresa que tenga trabajadores, sin excepciones.
La evaluación de riesgos laborales
¿Qué es?
Es el proceso mediante el cual se identifican los peligros presentes en el entorno de trabajo, se valora el riesgo que suponen para los trabajadores y se determina si las medidas preventivas existentes son adecuadas o si hay que adoptar otras nuevas.
¿Qué debe incluir?
La evaluación debe cubrir todos los puestos de trabajo de la empresa y analizar, para cada uno:
Los riesgos identificados (de seguridad, higiénicos, ergonómicos y psicosociales).
La probabilidad de que cada riesgo se materialice.
La severidad de las consecuencias si se materializa.
El nivel de riesgo resultante (tolerable, moderado, importante, intolerable).
Los trabajadores afectados, con especial atención a trabajadores especialmente sensibles, maternidad, menores de edad y trabajadores temporales o de ETT (artículos 25, 26, 27 y 28 LPRL).
¿Cuándo debe realizarse?
Una evaluación inicial al comenzar la actividad de la empresa.
Cuando se elijan nuevos equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, o se modifique el acondicionamiento de los lugares de trabajo.
Cuando se produzcan cambios en las condiciones de trabajo.
Cuando se hayan detectado daños para la salud de los trabajadores.
Cuando se aprecien deficiencias en las actividades de prevención existentes.
Periódicamente, según lo acordado con los representantes de los trabajadores o según las disposiciones específicas aplicables.
La planificación de la actividad preventiva
¿Qué es?
Cuando la evaluación detecta situaciones no aceptables (riesgos moderados, importantes o intolerables), el empresario debe planificar las medidas necesarias para eliminar, reducir o controlar esos riesgos.
¿Qué debe incluir?
Para cada medida preventiva o correctora:
La descripción de la medida a adoptar (técnica, organizativa, formativa, de vigilancia de la salud, etc.).
El plazo de ejecución para implantar la medida.
El responsable de llevarla a cabo.
Los recursos humanos y materiales necesarios.
La prioridad de la medida (en función del nivel de riesgo).
¿Para qué período se planifica?
Si el período supera el año, la ley exige que se establezca un programa anual de actividades dentro de esa planificación.
¿Quién debe firmar estos documentos?
1. El técnico en PRL que los elabora
Debe incluir nombre, apellidos, número de colegiado (si aplica), especialidad y firma del técnico del servicio de prevención (propio o ajeno) que ha elaborado el documento.
2. La empresa (el empresario o su representante)
Acredita que la empresa ha tomado conocimiento del contenido y asume la responsabilidad de implantar las medidas planificadas.
⚠️ Importante: un documento sin la firma del técnico en PRL y de la empresa no es válido a efectos legales. Si recibes una evaluación de riesgos de una contrata sin estas firmas, debes rechazarla y solicitar un documento correctamente firmado.
Evaluación y planificación NO son lo mismo que la programación de actividades
Es una confusión frecuente:
La evaluación de riesgos identifica y valora los peligros de cada puesto de trabajo. Es el diagnóstico.
La planificación de la actividad preventiva establece las medidas concretas con plazos, responsables y recursos. Es el plan de acción.
La programación de actividades (o memoria anual del servicio de prevención) recoge las actividades que el SPA o SPP tiene previsto realizar durante el año. Es un documento de gestión interna, no un instrumento del plan de prevención.
En la gestión CAE, los documentos que se exigen a las contratas son la evaluación de riesgos y la planificación preventiva, no la programación de actividades. Si una contrata aporta la programación en lugar de la evaluación o la planificación, no está cumpliendo con lo requerido.
ℹ️ Ten en cuenta: la forma más sencilla de distinguirlos es fijarse en el contenido. Si lista riesgos con probabilidad y severidad → evaluación. Si lista medidas con plazos y responsables → planificación. Si lista visitas, formaciones y mediciones que hará el SPA → programación de actividades.
¿Qué papel juegan en la CAE?
Para el empresario titular
La evaluación de riesgos del centro es la base de la información que el titular debe facilitar a las empresas concurrentes (artículo 7 del RD 171/2004).
Para el empresario principal
El artículo 10.2 del RD 171/2004 obliga al empresario principal a exigir a sus contratistas que acrediten por escrito que han realizado la evaluación y la planificación para los trabajos contratados. No vale una evaluación genérica — debe referirse a las tareas específicas que se van a realizar en el centro del principal.
Para las empresas concurrentes
Cada empresa concurrente debe tener en cuenta la información recibida de las demás en su propia evaluación y planificación (artículo 4.3 del RD 171/2004).
Checklist: qué comprobar al recibir estos documentos de una contrata
El documento está firmado por el técnico en PRL con nombre, cualificación y especialidad.
El documento está firmado por la empresa (empresario o representante).
La evaluación se refiere a los trabajos específicos que la contrata va a realizar en tu centro.
La fecha está vigente y actualizada si han cambiado las condiciones de trabajo.
La planificación incluye medidas concretas con plazos y responsables.
No se ha aportado una programación de actividades del SPA en lugar de la evaluación o la planificación.
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